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DEFINICIONES Y TERMINOLOGÍA

Para poder comprender el alcance de nuestras coberturas es necesario una introducción a las definiciones básicas asociadas al producto y sus servicios:

Central de Asistencia u Operativa

Es la oficina que coordina la prestación de los servicios requeridos por el beneficiario con motivo de su asistencia. Es igualmente el departamento de profesionales que presta los servicios de supervisión, control y coordinación que intervienen y deciden todos aquellos asuntos y/o prestaciones a brindarse o prestarse en virtud de las presentes condiciones generales que están relacionados con temas médicos.

Voucher

Es el documento que usted recibe al momento de la compra de su producto Assisto tu viaje y que lleva sus datos para ser informados a la central en caso de solicitar asistencia.

Accidente

Es el evento generativo de un daño corporal que sufre el beneficiario, causado por agentes extraños, fuera de control y en movimiento, agentes externos, violentos y visibles y súbitos. Siempre que se mencione el término “accidente”, se entenderá que la lesión o dolencia resultante fue provocada directamente por tales agentes e independientemente de cualquier otra causa. Los accidentes cuyo origen es debido a descuido, provocación o la falta de medidas de prevención por parte del beneficiario se encuentran excluidos de toda asistencia. Si el daño corporal es producido como consecuencia de causas diferentes a las anteriores mencionadas, el beneficiario tendrá cobertura hasta el monto de Asistencia Médica por Enfermedad del plan adquirido. Enfermedad Congénita: Patología presente o existente desde antes del momento de nacer.

Enfermedad Crónica

Todo proceso patológico continuo, repitente y persistente en el tiempo, mayor a 30 días de duración.

Enfermedad Aguda

Proceso corto y relativamente severo de la alteración del estado del cuerpo o alguno de sus órganos, que pudiere interrumpir o alterar el equilibrio de las funciones vitales, pudiendo provocar dolor, debilidad u otra manifestación extraña al comportamiento normal del mismo.

Enfermedad Repentina o Imprevista

Enfermedad pronta, impensada, no prevista, contraída con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia del beneficiario del servicio de asistencia médico para viajes Assisto tu viaje.

Enfermedad Preexistente

Todo proceso físico patológico que reconozca un origen o una etiología anterior a la fecha de inicio de la vigencia del plan o del viaje (o la que sea posterior) y que sea factible de ser objetivado a través de métodos complementarios de diagnóstico de uso habitual, cotidiano, accesible y frecuente en todos los países del mundo (incluyendo, pero no limitado a: Doppler, resonancia nuclear, magnética, Cateterismo, radiología, etc.). Se entiende por preexistencia toda enfermedad, o estado del cuerpo, o proceso conocido o no por el beneficiario , que haya necesitado o requerido de un periodo de formación, o de una gestación, o de una incubación dentro del organismo del beneficiario antes de haber iniciado el viaje Ejemplos claros y comunes de preexistencias solo para citar algunos son: los cálculos renales o biliares, las obstrucciones de arterias o venas por coágulos u otros, enfermedades respiratorias como el asma, problemas pulmonares, enfisemas, el VIH, generalmente problemas relacionados con la tensión arterial, glaucoma, cataratas, nefritis, úlceras o enfermedades gástricas, enfermedades resultantes de deformaciones congénitas, micosis genitales, abscesos hepáticos, cirrosis, azúcar en la sangre, colesterol alto, triglicéridos altos, y otras. Los mismos requieren de un periodo de formación corto o largo, pero en todos los casos superior a unas horas de vuelo, reconociendo que dicho estado o proceso patológico existía dentro del organismo antes de subirse al avión o al medio de transporte en la fecha de la entrada en vigencia del servicio de asistencia, aun cuando la sintomatología se presente por primera vez después de haber iniciado el viaje.

Enfermedad recurrente

Regreso, repetición u aparición de la misma enfermedad luego de haber sido tratada.

Dolencia y / o Afección

Los términos afección y dolencia se entenderán a cualquier efecto en las presentes condiciones generales como enfermedad.

Topes máximos

Montos máximos de cobertura por parte de Assisto tu viaje, indicados en el voucher para cada prestación y según el producto de asistencia contratado.

Plan de asistencia Médica

Es el conjunto detallado de los servicios de asistencia en viaje ofrecidos, indicando una enumeración taxativa de las mismas y sus límites monetarios, cuantitativos, geográficos y de edad del beneficiario. El plan de asistencia médica se encuentra detallado en el certificado o voucher y forma parte inseparable del mismo. Solo son de aplicación aquellas prestaciones para cada producto explícitamente enunciadas en el plan de asistencia médica detallado en el certificado, con el alcance y limites indicados. Solamente serán válidas y regirán para fines del presente contrato aquellas garantías o beneficios vigentes a la fecha de emisión del plan de asistencia médica que se especifica en el voucher contratado por el beneficiario.

Plazo o período de carencia

Intervalo de tiempo durante el cual no son efectivas las coberturas incluidas dentro del Plan. Dicho plazo se computa por días contados desde la fecha de inicio de vigencia del voucher, siempre que el beneficiario ya se encuentre fuera del lugar de residencia habitual al momento de contratación.

Médico tratante

Profesional médico provisto o autorizado por la central operativa de Assisto tu viaje que asiste al Beneficiario en el lugar donde se encuentra este último.

Departamento médico

Grupo de profesionales médicos de Assisto tu viaje que intervienen y toman decisión en todos los asuntos y/o prestaciones brindadas o que vayan a brindarse de conformidad con las presentes Condiciones Generales.

Caso fortuito

Suceso ajeno a la voluntad del obligado, que excusa el cumplimiento de obligaciones. Suceso por lo común dañoso, que acontece por azar, sin poder imputar a nadie su origen.

Fuerza mayor

La que, por no poderse prever o resistir, exime del cumplimiento de alguna obligación y/o que procede de la voluntad de un tercero.

Catástrofe

Suceso infausto que altera gravemente el orden regular de las cosas, donde se ven implicadas numerosas personas.

Días complementarios de internación u hospitalización

En casos en que el cliente se encuentre hospitalizado por una enfermedad y/o accidente cubierto por Assisto tu viaje en la fecha de terminación del período de cobertura, se cubrirán únicamente los gastos por hospitalización dentro de la cobertura de gastos médicos por enfermedad y/o accidente según corresponda entendiéndose de la siguiente manera:

  1. Hasta cinco (5) días adicionales contados desde el día de finalización de vigencia del voucher, o
  2. Hasta que se haya agotado la cobertura contratada, o
  3. Hasta que el médico firme el alta del beneficiario en el transcurso de los cinco (5) días de ampliación de cobertura.

Toda asistencia o tratamiento cesará y no será responsabilidad de Assisto tu viaje una vez que el Beneficiario regrese a su lugar de residencia o expire el período de validez del plan elegido salvo excepciones anteriormente mencionadas.

Con estos conceptos, ya podrá comprender de la mejor manera el funcionamiento y la modalidad prestacional de cada uno de nuestros productos y de todos los servicios que cada uno incluye.  En la siguiente sección podrá acceder a la DEFINICIÓN DE LOS BENEFICIOS DE ASISTENCIA AL VIAJERO ASSISTOTUVIAJE

A su vez, a través de la sección UP-GRADES & SERVICIOS ADICIONALES a la cual accederá haciendo click AQUÍ podrá informarse sobre la variedad de coberturas y prestaciones a las cuales podrá adquirir con un mínimo recargo o a través del canje de puntos si fuese viajero frecuente Assistotuviaje. 

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